La mayoría de la gente descubre que su seguro de hogar distingue entre robo, hurto y expoliación en el peor momento posible: cuando tiene que declarar un siniestro. Que te roben en casa, que te saquen la cartera en el metro o que te atraquen en la calle no es lo mismo para tu aseguradora, y la diferencia puede determinar si te indemnizan o no.
Los tres conceptos
Robo
Apoderamiento de bienes ajenos usando fuerza en las cosas (forzar una cerradura, romper una ventana, reventar una puerta) o con violencia o intimidación sobre las personas. Es la modalidad que cubre prácticamente todos los seguros de hogar.
Hurto
Apoderamiento de bienes sin fuerza ni violencia, aprovechando un descuido. Alguien entra por una puerta que dejaste abierta, te sacan algo del bolsillo en una tienda o te quitan una maleta mientras hablas por teléfono. No hay fractura ni amenaza: solo oportunidad.
Expoliación
También llamada atraco. Robo con violencia o intimidación ejercida directamente sobre la persona: te amenazan con un arma, te empujan o te agreden para arrebatarte objetos de valor. La diferencia con el robo es que aquí la fuerza va contra ti, no contra un obstáculo físico.
Dónde ocurre: la cobertura cambia con la ubicación
Muchas pólizas no solo distinguen el tipo de sustracción, sino también el lugar donde se produce. Las coberturas habituales son:
- Dentro del domicilio: la cobertura más completa. El robo con fuerza (cristal roto, cerradura forzada) casi siempre está incluido. El hurto dentro del hogar es más raro en las pólizas básicas.
- Fuera del domicilio: suele requerir una garantía adicional o un plan de mayor nivel. Cubre objetos portátiles como móvil, cartera, joyas o equipaje cuando estás en la calle, de viaje o en un establecimiento.
- En el vehículo: algunos seguros de hogar incluyen el robo de objetos personales que estaban dentro del coche. Ojo: los daños al propio vehículo no los cubre el hogar, sino el seguro del automóvil.
Exclusiones frecuentes que conviene conocer
Más allá del tipo y la ubicación, las pólizas de hogar suelen establecer límites y exclusiones que hay que tener en cuenta antes de contratar:
- Sublímites por objeto: aunque la cobertura total sea de 3.000 €, puede haber un límite de 500 € por objeto o un máximo para joyas y dinero en efectivo.
- Dinero en metálico: muchas pólizas lo excluyen o lo cubren con un importe muy reducido.
- Objetos sin factura ni prueba: para objetos de valor elevado (joyas, relojes, obras de arte) la aseguradora puede pedir una tasación o factura de compra.
- Hurto sin signos de fuerza: si no hay evidencia de fractura o forzamiento, algunas compañías no tramitan el siniestro como robo. Revisar si la póliza cubre el hurto explícitamente es importante.
- Negligencia del asegurado: si dejaste la puerta abierta o la ventana sin cerrar, la aseguradora puede alegar que no hubo diligencia suficiente.
Qué hacer si sufres un robo, hurto o expoliación
El procedimiento es el mismo en los tres casos:
- Interpón una denuncia ante la policía lo antes posible. Sin denuncia, la mayoría de aseguradoras no tramitan el siniestro.
- Comunica el siniestro a tu aseguradora en el plazo indicado en tu póliza, normalmente entre 48 y 72 horas.
- Haz un inventario de lo sustraído con toda la información que tengas: descripciones, facturas, fotografías, números de serie.
- No toques ni limpies la zona afectada hasta que la aseguradora envíe a su perito, si lo solicita.
Las diferencias entre robo, hurto y expoliación, los sublímites por objeto y las exclusiones están en las condiciones particulares y generales de tu contrato. Si no tienes claro qué cubre exactamente el tuyo, es mejor saberlo ahora que cuando tengas que reclamar.