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Cómo saber si tienes un seguro de decesos

Es una pregunta más frecuente de lo que parece, y tiene dos versiones. La de quien sospecha que lleva años pagando algo que no recuerda haber contratado, normalmente porque lo firmó un padre o una abuela para toda la familia. Y la mucho más urgente: acaba de fallecer alguien y nadie sabe si tenía seguro, con la funeraria esperando respuesta.

Las dos se resuelven parecido, y conviene saber de antemano que el camino que todo el mundo asume que existe, un registro donde consultarlo, funciona peor de lo que cuentan.

Empieza por el banco, que es lo que más veces funciona

Un seguro de decesos se paga religiosamente todos los años, casi siempre domiciliado. Así que la prueba está en la cuenta corriente. Coge doce meses de movimientos y busca cargos periódicos de importe pequeño, entre unas decenas y unos pocos cientos de euros al año, a nombre de una aseguradora o incluso de una funeraria.

Dos avisos. El primero, que muchas pólizas antiguas son mensuales y de importe bajísimo, y por eso pasan desapercibidas durante décadas. El segundo, que el concepto del cargo puede llevar solo un número de póliza y unas siglas, así que si algo no te cuadra, apunta el nombre y búscalo.

Los papeles y el correo

El decesos es probablemente el ramo con más pólizas en papel que quedan vivas en España. Muchas se contrataron hace treinta o cuarenta años, a veces con una funeraria del pueblo que luego fue absorbida por una aseguradora grande, y siguen mandando su comunicación anual por correo postal.

Merece la pena mirar en la carpeta de documentos familiares, y en el correo electrónico buscar directamente por el nombre de las aseguradoras que más venden este producto. Si aparece una comunicación de renovación, ahí tienes el número de póliza y la compañía.

El registro del Ministerio y su letra pequeña

Cuando la persona ha fallecido, existe el Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, que emite el Ministerio de Justicia y dice si el fallecido tenía seguros y con qué compañías. Se pide pasados quince días hábiles desde la muerte, y los datos permanecen cinco años.

Ahora la parte que casi nadie cuenta. La ley que creó ese registro enumera los contratos que se inscriben: seguros de vida con cobertura de fallecimiento y seguros de accidentes que cubran la muerte del asegurado. El seguro de decesos no aparece en esa enumeración. Pídelo igualmente, porque cuesta una tasa pequeña y puede destapar un seguro de vida que nadie sabía que existía, pero no des por hecho que un certificado en blanco significa que no había decesos.

Si el fallecimiento ya ha ocurrido y hay prisa

Cuando el tiempo apremia, el orden que funciona es este: preguntar en la funeraria, porque suelen ser las primeras en detectar que hay póliza y trabajan a diario con las compañías de la zona; revisar la cuenta del fallecido; y llamar a la aseguradora del hogar o del coche, porque muchas familias tienen todo en el mismo grupo y ahí lo pueden comprobar por DNI.

Lo que no conviene es pagar el sepelio y reclamar después. Se puede intentar, pero si el servicio no lo ha prestado la compañía, muchas pólizas solo devuelven una parte, y ese dinero ya no se recupera entero.

Cuidado con lo que parece un seguro y no lo es

Hay dos figuras que se confunden con un seguro de decesos y no cubren lo mismo. Una son las cuotas de las mutualidades y hermandades locales, muy vivas todavía en pueblos, que a veces dan una ayuda económica y no un servicio completo. La otra son los planes contratados en el país de origen: si la familia viene de fuera, es muy habitual descubrir que lo que hay pagado no sirve aquí, como contamos en por qué un plan exequial colombiano no te cubre en España.

Si lo que has descubierto es que sí tienes uno

Entonces la pregunta cambia: ya no es si existe, sino si sirve. Las pólizas de decesos antiguas suelen tener el capital congelado en cifras de hace décadas, y un sepelio hoy cuesta bastante más de lo que costaba cuando se firmó. Esa diferencia la acaba pagando la familia en el peor momento.

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