Si tienes un tractor, una cosechadora o cualquier maquinaria de trabajo que no lleva matrícula, esto te afecta. La Ley 5/2025, de 24 de julio, en vigor desde el 26 de julio de 2025, amplía la obligación de asegurar vehículos a motor e incluye expresamente a los que no tienen matrícula.
Hasta ahora, muchos propietarios de maquinaria agrícola o industrial operaban sin seguro de responsabilidad civil porque la normativa no les obligaba de forma clara. Eso ha cambiado.
Qué dice la ley, en lenguaje llano
No es el primer vehículo sin matrícula al que se le exige seguro: ya pasaba con las embarcaciones de recreo. La Ley 5/2025 amplía la definición de "vehículo a motor" para incluir máquinas y equipos que pueden circular o desplazarse y que son capaces de causar daños a terceros, aunque no lleven matrícula convencional. A partir de ahora:
- Estos vehículos están obligados a tener seguro de responsabilidad civil.
- Deben quedar registrados en FIVA (el fichero oficial de vehículos asegurados en España).
- Se identifican mediante el número de bastidor o de serie del vehículo, en lugar de la matrícula.
Qué vehículos quedan afectados
Agrícola
- Tractores
- Cosechadoras
- Remolques agrícolas
- Empacadoras y vendimiadoras
- Pulverizadoras autopropulsadas
Industrial
- Carretillas elevadoras
- Retroexcavadoras
- Manipuladoras telescópicas
- Palas cargadoras
- Plataformas elevadoras
La regla práctica es sencilla: si el vehículo se mueve por su propio motor y puede causar un daño a una persona o a una propiedad ajena, necesita cobertura.
Cómo se asegura un vehículo sin matrícula
El proceso es similar al de cualquier otro seguro de vehículo, con una diferencia: en lugar de la matrícula, se usa el número de bastidor o el número de serie como identificador del vehículo. Puedes encontrarlo en la placa de características de la máquina, en el chasis o en la documentación del fabricante.
Con ese dato, tu correduría puede tramitar la póliza y registrar el vehículo en FIVA correctamente.
Qué pasa si ya tenías un seguro anterior
Si tenías un seguro contratado antes del 26 de julio de 2025, tu póliza se mantiene sin cambios. Sin embargo, si en el futuro necesitas hacer alguna modificación (cambiar de vehículo, añadir coberturas, renovar), es posible que tu aseguradora te pida actualizar la identificación del vehículo al nuevo formato.
Si todavía no tienes seguro para tu maquinaria, vas tarde. La ley dio un plazo de adaptación de seis meses que terminó en enero de 2026: desde entonces esa maquinaria cuenta como no asegurada, y si causa un daño a un tercero el Consorcio de Compensación de Seguros puede reclamarte a ti lo que haya pagado. Contratar cuanto antes es lo único que corta ese riesgo.
Por qué es importante aunque la máquina "solo trabaje en el campo"
Un accidente con maquinaria agrícola o industrial puede causar daños muy graves: a un trabajador, a un vecino, a una instalación o a un cultivo ajeno. Sin seguro de responsabilidad civil, esos daños los tendrías que asumir de tu bolsillo. El seguro no protege la máquina: protege tu patrimonio si algo sale mal.