Cuando un coche sufre un siniestro total, un robo o un incendio, la aseguradora no te paga lo que costó ni lo que te costaría comprar hoy uno igual. Te paga su valor venal, y para muchos conductores esa cifra es la primera sorpresa desagradable de todo el proceso.
Qué es el valor venal
Es el valor de referencia que usa la aseguradora para calcular la indemnización: lo que se estima que valía el coche justo antes del siniestro, no lo que pagaste por él ni lo que costaría sustituirlo. Es también el valor que marca cuándo un siniestro se declara "total": si reparar el coche cuesta más que su valor venal, la aseguradora opta por indemnizarte en vez de arreglarlo.
Cómo se calcula
En España, la referencia habitual son las tablas GANVAM (elaboradas por la Asociación Nacional de Vendedores y Reparadores de Vehículos), aunque también existe una tabla oficial publicada en el BOE. El cálculo aplica un porcentaje de depreciación sobre el valor base de fábrica según la antigüedad: cerca del 100% en un coche de un año, y hasta valores en torno al 10% pasados los 12 años.
Lo importante es lo que no entra en ese cálculo: el estado real de conservación, el kilometraje o los extras que le hayas añadido no suben el valor venal, aunque hayan costado dinero de verdad.
Valor venal no es lo mismo que...
- Valor de mercado: lo que realmente pagarías hoy por comprar ese coche de segunda mano. Suele ser más alto que el venal, precisamente porque el venal es una estimación genérica por tablas
- Valor residual: lo que quedan valiendo los restos del coche tras el siniestro (chatarra, piezas aprovechables). Se descuenta de la indemnización si te quedas con ellos
- Valor tasado: el que se pacta directamente con la aseguradora al contratar, sin depender de tablas. Es la alternativa que usan los seguros de coches clásicos, precisamente para evitar este problema
Si tu coche es reciente, tiene pocos kilómetros o le has añadido extras de valor, el valor venal por tablas puede quedarse corto. Merece la pena revisar si tu póliza ofrece valor a nuevo (los primeros años) o valor tasado, en vez de dejarlo en el cálculo genérico por defecto.
Qué hacer si no estás de acuerdo con la valoración
Tienes derecho a la peritación contradictoria, recogida en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro: cada parte (tú y la aseguradora) nombra su propio perito para revisar la valoración. Si no llegan a un acuerdo, se designa un tercer perito que resuelve la discrepancia sobre el importe. Este procedimiento aplica cuando el desacuerdo es sobre la cuantía a indemnizar, no cuando la aseguradora niega directamente la cobertura del siniestro.