Si te ha llegado un aviso de tu aseguradora de coche diciendo que actualiza las condiciones de tu póliza "por la Ley 5/2025", no tienes que preocuparte: no es un cambio de precio ni una decisión de tu compañía en particular. Pero si en tu casa hay un patinete eléctrico, hay algo en esa misma ley que sí te afecta directamente, y que ya tiene consecuencias reales.
Qué cambió con la Ley 5/2025
Esta ley, en vigor desde julio de 2025, transpone una directiva europea y crea una nueva categoría legal: los Vehículos Personales Ligeros (VPL), donde entran los patinetes eléctricos y vehículos similares. Un VPL es, a efectos legales, un vehículo de una sola plaza, propulsado solo por motor eléctrico, que cumple una de estas dos condiciones:
- Pesa menos de 25 kg y su velocidad de fabricación está entre 6 y 25 km/h
- Pesa más de 25 kg y su velocidad de fabricación está entre 6 y 14 km/h
La inmensa mayoría de patinetes eléctricos de uso particular entran en alguno de estos dos grupos.
El seguro obligatorio ya está en vigor, y el periodo de gracia ha terminado
La ley dejó el desarrollo concreto para un reglamento posterior. Ese reglamento llegó con el Real Decreto 52/2026, de 28 de enero, que creó el Registro de Vehículos Personales Ligeros en la DGT y el seguro obligatorio de responsabilidad civil específico para VPL, separado del seguro de cualquier otro vehículo.
La norma estableció un periodo transitorio de seis meses en el que no se aplicaban sanciones directas por circular sin este seguro. Ese plazo terminó en julio de 2026.
Las multas ya son reales. Circular con un patinete eléctrico sin el seguro obligatorio puede suponer una sanción de entre 202 y 800 euros, además de la posible inmovilización del vehículo. Y aunque durante el periodo transitorio no hubiera multa, si tenías un accidente sin seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros indemnizaba a la víctima y después te reclamaba a ti el importe completo.
Por qué te llega un aviso desde tu seguro de coche
La Ley 5/2025 no se queda solo en los patinetes: también redefine, a efectos legales, qué se considera "vehículo a motor" y qué se considera "hecho de la circulación", dos conceptos que usan todas las pólizas de auto para determinar qué cubren y qué no. Por eso, si tienes seguro de coche, es probable que tu aseguradora te esté avisando de una actualización de condiciones sin coste adicional: no responde a una decisión suya, sino a un cambio legal que afecta a todo el sector, sea cual sea tu compañía.
Situación habitual
Un cliente recibe un email de su aseguradora de coche avisando de que actualiza las condiciones de su póliza por la nueva Ley 5/2025, sin cambio de precio. En su casa hay un patinete eléctrico que usa su hijo para ir al instituto y que hasta ahora nunca ha tenido seguro propio. Al leer el aviso con calma, descubre que ese patinete sí necesita, desde hace meses, su propio seguro de responsabilidad civil, y que las multas por no tenerlo ya se están aplicando.
Qué hacer si tienes un patinete eléctrico
- Comprueba el peso y la velocidad de fabricación de tu patinete para confirmar si entra en la categoría VPL
- Regístralo en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT, requisito previo para poder contratar el seguro
- Contrata el seguro obligatorio de responsabilidad civil para VPL: suele costar entre 30 y 50 euros al año
- Guarda el justificante del seguro por si te lo piden en un control