Si eres directivo, es probable que tu empresa te incluya en un seguro de vida colectivo como parte de tu paquete retributivo. Es una ventaja real, pero conviene entender exactamente qué cubre y, sobre todo, qué deja de cubrir el día que dejas ese puesto.
El seguro de la empresa no es tuyo
El seguro de vida colectivo lo contrata y lo paga la empresa, y la póliza está vinculada a tu contrato, no a ti como persona. En cuanto cambias de trabajo, te despiden o te jubilas, esa cobertura desaparece: no es portable, no te la puedes llevar a la siguiente empresa ni convertirla en una póliza individual sin volver a pasar por las condiciones (y el precio) de partida.
Además, el capital asegurado en estos seguros colectivos suele calcularse como un múltiplo de tu salario, una cifra pensada para ser razonable a nivel de coste para la empresa, no necesariamente la que mejor protege a tu familia según tus deudas y tu situación real.
A diferencia del seguro de salud, que tiene una exención fiscal específica, la prima de vida que paga tu empresa sí tributa: se considera retribución en especie y se suma a tu base imponible, tributando en tu IRPF al tipo marginal que te corresponda (entre el 19% y el 47%).
Seguro de hombre clave: no es lo mismo
Es habitual confundir el seguro de vida del directivo con el llamado seguro de hombre clave (o de persona clave), pero son dos productos con propósitos opuestos:
- Seguro de vida del directivo: protege a tu familia; el beneficiario lo eliges tú
- Seguro de hombre clave: protege a la empresa; la empresa es tomadora y beneficiaria a la vez, y cobra la indemnización si tú faltas, quedas incapacitado o te marchas
El seguro de hombre clave existe porque la pérdida repentina de un directivo esencial (por fallecimiento, invalidez, jubilación, renuncia o despido) puede suponer un golpe serio al negocio: pérdida de conocimiento clave, de relaciones comerciales o de continuidad en la gestión. La indemnización la cobra la empresa para amortiguar ese impacto, no tu familia.
Por qué te suele hacer falta uno propio
Entre el capital limitado del seguro colectivo, su falta de portabilidad y el hecho de que no lo eliges tú, la mayoría de directivos necesitan complementarlo con un seguro de vida personal, contratado a su nombre y que les acompañe cambien o no de empresa. Es la única cobertura de vida que realmente controlas tú, con el capital, los beneficiarios y las condiciones que decides tú, una libertad que conviene aprovechar si ese seguro también forma parte de tu planificación de herencia.
La diferencia, en definitiva, está en quién decide y quién se beneficia: en el seguro de empresa lo decide tu departamento de RRHH y desaparece cuando te vas; en el tuyo propio, decides tú y se queda contigo pase lo que pase con tu carrera.